Retención y Renta: por qué te sale a pagar o a devolver
Actualizado el 2 de noviembre de 2026 · 4 min de lectura
Durante el año, tu empresa te retiene una parte del sueldo a cuenta del IRPF. En la declaración de la Renta se calcula lo que de verdad te correspondía pagar. Si te retuvieron de más, Hacienda te devuelve la diferencia; si fue de menos, te toca pagar.
Por qué casi nunca coincide
- Tu comunidad autónoma. La retención usa una escala general igual para toda España, pero en la Renta se aplica la escala de tu comunidad. En Madrid o La Rioja la devolución suele ser mayor; en Cataluña, Aragón o Castilla-La Mancha es menor o incluso sale a pagar.
- Dos o más pagadores. Cada empresa calcula tu retención como si fuera tu único ingreso, así que aplica tipos más bajos de los que te corresponden por el total. Es la causa más frecuente de declaraciones a pagar.
- Cambios durante el año. Si te subieron el sueldo, cambiaste de trabajo o estuviste en paro, la retención se calculó con datos que luego cambiaron.
- Deducciones y reducciones. Las aportaciones a planes de pensiones, la deducción por maternidad, la de familia numerosa, los donativos o la deducción por vivienda habitual (para compras anteriores a 2013) solo se aplican en la Renta.
- Deducción para sueldos bajos. Desde 2026, quien cobra hasta 17.094 € brutos tiene una deducción de 590,89 € que se va reduciendo hasta desaparecer en 20.048,45 €. La retención no la tiene en cuenta: se recupera en la declaración.
Ejemplo: 30.000 € brutos según la comunidad
A un trabajador sin hijos con 30.000 € brutos le retienen 4.926 € (16,42 %) en cualquier parte de España. Este sería el resultado de su declaración sin otras rentas ni deducciones:
| Comunidad | IRPF en la Renta | Resultado | Neto real anual |
|---|---|---|---|
| Ceuta | 1.970 € | A devolver 2.956 € | 26.080 € |
| Melilla | 1.970 € | A devolver 2.956 € | 26.080 € |
| La Rioja | 4.632 € | A devolver 294 € | 23.418 € |
| Comunidad de Madrid | 4.633 € | A devolver 293 € | 23.417 € |
| Cantabria | 4.708 € | A devolver 218 € | 23.342 € |
| Extremadura | 4.754 € | A devolver 172 € | 23.296 € |
| Región de Murcia | 4.765 € | A devolver 161 € | 23.285 € |
| Comunitat Valenciana | 4.792 € | A devolver 134 € | 23.258 € |
| Canarias | 4.803 € | A devolver 123 € | 23.247 € |
| Galicia | 4.816 € | A devolver 110 € | 23.234 € |
| Asturias | 4.833 € | A devolver 93 € | 23.217 € |
| Castilla y León | 4.833 € | A devolver 93 € | 23.217 € |
| Andalucía | 4.885 € | A devolver 41 € | 23.165 € |
| Illes Balears | 4.911 € | A devolver 15 € | 23.139 € |
| Aragón | 4.926 € | Sale a cero | 23.124 € |
| Castilla-La Mancha | 4.926 € | Sale a cero | 23.124 € |
| Cataluña | 4.959 € | A pagar 33 € | 23.091 € |
¿Estoy obligado a declarar?
Con un solo pagador no tienes obligación si tus rendimientos del trabajo no superan los 22.000 € al año. Con dos o más pagadores el límite baja a 15.876 € si lo que cobras del segundo y siguientes supera los 1.500 €. Aunque no estés obligado, si te sale a devolver te conviene presentarla para recuperar el dinero.
Cómo evitar que te salga a pagar
Puedes pedir a tu empresa que te aplique un tipo de retención más alto. Se hace por escrito con el modelo 145 y la empresa debe aplicarlo desde la siguiente nómina. Cobrarás algo menos cada mes, pero evitarás el susto en junio. También debes comunicar con ese modelo cualquier cambio familiar que te baje la retención, como el nacimiento de un hijo.